Una LLC por sí sola no te hace importador estadounidense: la orden 14411 y el importador de registro extranjero en Amazon
Sin dueños ciudadanos o con green card ni bienes raíces significativos, tu LLC es importador extranjero bajo la orden 14411. Qué exige hoy la CBP y qué falta.

Por Bernardo Campelo, Forbes Business Council E-Commerce Leader, proveedor Amazon SPN Certified, socio autorizado de Amazon SP-API y fundador de PrepVia.
A 29 de octubre de 2026, una regla interina de la aduana de Estados Unidos (CBP) llamada "Heightened Requirements for Foreign Importers of Record" seguía en revisión en la Oficina de Información y Asuntos Regulatorios de la Casa Blanca, según la lista de reglas en revisión de reginfo.gov. Lleva el número RIN 1685-AA48 y está en revisión desde el 24 de septiembre de 2026. Ese mismo día, 29 de octubre, todavía no aparecía en el Federal Register.
La regla viene de la Orden Ejecutiva 14411, "Strengthening Customs Enforcement", firmada el 3 de junio de 2026 y publicada el 10 de junio (91 FR 35125). La orden separa al importador de registro estadounidense del extranjero, y la línea no pasa por tener o no una LLC. Una LLC de Delaware o de Florida cuyos dueños no son ciudadanos ni residentes permanentes de Estados Unidos, y que no tiene una cantidad significativa de bienes raíces allí, queda del lado extranjero.
La versión de 60 segundos
Una LLC por sí sola no te hace importador estadounidense: bajo la Sección 10 de la Orden 14411, si los dueños que la controlan no son ciudadanos ni tienen green card y la empresa no tiene bienes raíces significativos en Estados Unidos, es un importador de registro extranjero. A 29 de octubre de 2026, la regla de la CBP para importadores extranjeros seguía en revisión y sin publicar. La orden manda a la CBP prohibir la entrada informal al importador extranjero y, en la entrada formal, limitarle la fianza continua y exigirle la validación CTPAT o un agente aduanal validado en CTPAT. Hoy ya rige otra cosa: desde el 18 de septiembre de 2026, la CBP anula el número de importador si los datos del Form 5106 son inexactos, y la dirección física no puede ser la de un agente registrado. Amazon no actúa como importador para inventario FBA. Resuelve primero quién importa, después la fianza y el ISF, y al final Amazon.
Cada fecha y nombre de abajo se verificó el 29 de octubre de 2026 contra el Federal Register, el eCFR (título 19), reginfo.gov, las páginas de la CBP y la ayuda de Amazon Seller Central, con enlace donde aparecen por primera vez. La regla para importadores extranjeros puede publicarse en cualquier momento y cambiar parte de este texto: confirma tu caso con un agente aduanal con licencia de la CBP y con un abogado de comercio exterior.
Amazon no importa por ti, y el arancel es deuda del importador
En la página de ayuda "Import and export inventory", Amazon dice que no será importador de registro para ningún envío de inventario FBA, "of any size or value", y que un envío que intente entrar con Amazon como importador "will be refused and returned at the shipper's expense". La misma página pide términos DDP: el vendedor paga los aranceles y despacha la aduana antes de que la carga llegue al centro de Amazon.
La regla de la CBP pone la deuda en el mismo lugar. Según el 19 CFR 141.1(b)(1), el arancel "constitutes a personal debt due from the importer to the United States", y pagarle al agente aduanal no libera al importador si el agente no le paga a la CBP. Quien figura como importador de registro es quien debe.
El importador de registro no tiene que ser estadounidense. La página de Amazon sobre Amazon Global Logistics lo dice: "An IOR for an FBA shipment entering the US can be a US resident or a non-resident (foreign) entity or person." La explicación general del papel está en nuestra guía sobre el importador de registro cuando un 3PL recibe el contenedor (en inglés).
Lo que la CBP ya exige hoy a una empresa extranjera
Una fábrica en México, Colombia o Brasil puede ser importadora de registro con su propia razón social, si cumple reglas que ya están en el reglamento.
- Agente residente y fianza con fiadora residente. El 19 CFR 141.18 dice que una "nonresident corporation", es decir, una incorporada fuera del territorio aduanero de Estados Unidos o de las Islas Vírgenes, no puede ingresar mercancía para consumo si no tiene un agente residente en el estado del puerto de entrada, autorizado para recibir notificaciones judiciales, y si no presenta una fianza en el CBP Form 301 "having a resident corporate surety". Su última modificación es de diciembre de 2009 (CBP Dec. 09-47).
- Un número de importador. El 19 CFR 24.5 exige el CBP Form 5106 con la primera entrada formal. Quien no tiene EIN del IRS ni número de Seguro Social escribe "None", y la CBP le asigna un número. Las instrucciones del formulario lo explican así: "In general, a CBP-assigned number will be issued to foreign businesses or individuals".
- La fianza de Amazon Global Logistics. Si importas con el servicio de transporte de Amazon, su página dice que necesitas "a continuous US customs bond" y, para el importador no residente que firma el poder, un "Non-Resident Corporate Certification (NRCC)".
El 141.18 habla de corporaciones incorporadas fuera de Estados Unidos. Una LLC formada en Florida no es una "nonresident corporation" para ese artículo, así que, por el texto del artículo, la LLC queda fuera del 141.18. Lo que no resuelve es la definición de la orden, que mira a los dueños y no al lugar de registro.
Quién es importador extranjero bajo la Orden 14411
La Sección 10 de la orden define los dos tipos. Una entidad es "U.S. IOR" si está organizada bajo las leyes de Estados Unidos, está ubicada en Estados Unidos y tiene "at all times controlling beneficial owner(s) who are United States citizens or lawful permanent residents". Hay una segunda puerta: la entidad que "owns a significant amount of real property in the United States, as determined by the Secretary". Todo lo que no entra en esa definición es "foreign IOR".
Aplicado a la LLC típica del vendedor latinoamericano, el resultado es directo. Si los dueños que controlan la empresa son mexicanos, colombianos o argentinos sin green card, y la LLC no tiene bienes raíces significativos en Estados Unidos, es un importador de registro extranjero para la orden, aunque tenga EIN y cuenta bancaria en Estados Unidos. La orden no dice cuánto es "significativo": lo define el Secretario de Seguridad Nacional, y hasta hoy no lo ha hecho.
| Escenario | Qué dice la Sección 10 |
|---|---|
| Fábrica extranjera que importa con su propia razón social, sin bienes raíces significativos | Importador extranjero: no está organizada bajo leyes de Estados Unidos. |
| LLC estadounidense de dueños sin ciudadanía ni green card, sin bienes raíces significativos | Importador extranjero: le falta el requisito de los dueños controladores. |
| LLC estadounidense de dueños con green card, con oficina y operación reales en Estados Unidos | Puede ser importador estadounidense, si también está "located in the United States". |
La Sección 10(c) agrega un filtro para la entidad que quiere quedar del lado estadounidense. Manda al Secretario emitir una guía sobre qué significa "located in the United States", con el foco en impedir "shell companies, sham transactions, or artificial corporate or organizational structuring". Como mínimo, la entidad necesita su sede principal de negocios en Estados Unidos, presencia física donde se hace actividad significativa y activos tangibles suficientes, considerando "whether the entity is an instrumentality of a foreign manufacturer without a substantial United States presence". A 29 de octubre de 2026, esa guía no se había publicado en el Federal Register.
La parte de Amazon, el banco y el contador está en nuestra guía ¿Necesito una LLC para vender en Amazon?; aquí va la aduana.
Qué le manda la orden a la CBP para el importador extranjero
La orden no cambia nada por sí misma. La Sección 12(b) dice que se aplicará "consistent with applicable law, including the Administrative Procedure Act", así que cada medida necesita una regla, una guía o una política de la CBP. Estas son las que tocan al importador extranjero, con su plazo tal como lo escribe la orden.
| Medida | Sección | Plazo en la orden | Estado a 29/10/2026 |
|---|---|---|---|
| Prohibir al importador extranjero la entrada informal | 2(b)(i) | "promptly", sin número de días | Sin regla publicada |
| En la entrada formal, no apoyarse en fianza continua, salvo permiso de la CBP | 2(c)(i)(1) | "promptly" | Sin regla publicada |
| Validación CTPAT, si la CBP lo considera elegible, o agente aduanal validado en CTPAT | 2(c)(i)(2) | "promptly" | Sin regla publicada; aviso a agentes de agosto de 2026 |
| Revisar la elegibilidad del importador: activos, fianza para toda entrada formal o informal, propiedad y beneficiarios finales | 2(a) | 180 días desde el 3 de junio de 2026 | En curso |
| "Good standing" para todo importador | 2(d) | 180 días | En curso |
| Depurar el registro de importadores y verificación reforzada, también de importadores extranjeros | 2(e) y 2(f) | 180 días | En curso |
Los 180 días contados desde el 3 de junio de 2026 llegan, por nuestra cuenta, al 30 de noviembre de 2026. La orden no escribe esa fecha, y es un plazo para el gobierno, no para el vendedor. Las dos medidas que más pesan para el fabricante extranjero, la 2(b) y la 2(c), no dependen de ese plazo: la orden dice que la CBP debe emitirlas "promptly", así que pueden llegar antes o después del 30 de noviembre.
El texto de la 2(c) es preciso. En la entrada formal, el importador extranjero "may not rely on a continuous bond to meet the bond requirements for entry, except as permitted by CBP when the foreign IOR has demonstrated that the revenue would be fully protected and that compliance with the laws, regulations, and instructions enforced by CBP would be assured", y debe estar validado en CTPAT, "if determined by CBP to be eligible", o "use a CTPAT validated and licensed customs broker to file entries with CBP".
Las reglas de elegibilidad de CTPAT que la CBP publica hoy ayudan a ver cuál de las dos opciones es realista. Para importadores, la página de la CBP pide ser "an active U.S. Importer or Non-Resident Canadian Importer", tener una fianza continua y "operate a business office staffed in the United States or Canada". Con esas reglas, una fábrica latinoamericana sin oficina en Estados Unidos no encaja como importador CTPAT, y el camino que queda es el agente aduanal validado. La CBP puede cambiar esos criterios cuando aplique la orden.
La CBP ya avisó a esos agentes. En la alerta CTPAT de agosto de 2026, dice que, "in the near future", el agente validado tendrá que revisar a sus clientes extranjeros antes de hacer cualquier trámite: identidad legal, estructura de propiedad, afiliaciones, activos en Estados Unidos, historial de cumplimiento y capacidad de pagar aranceles. Está en futuro: hoy es una expectativa, no una regla.
El Form 5106 ya se aplica, y la dirección de la LLC puede ser el problema
Una parte de la orden ya está en marcha. El aviso de la CBP del 19 de agosto de 2026 (91 FR 53627) fija que, desde el 18 de septiembre de 2026, la CBP anula de inmediato el número de importador si la información del Form 5106 es inexacta o incompleta. Un número anulado queda "invalid for any purpose, including entering imported merchandise into the United States".
- Dirección física. Tiene que ser la ubicación real de la empresa o de la persona. El aviso dice que "cannot be a registered agent, customs broker, freight forwarder, P.O. box, a business service center, or an address of another person or entity". Puede ser la casa del dueño.
- Correo y teléfono. Tienen que ser del importador. El agente aduanal o un tercero no pueden poner los suyos.
- Poder (power of attorney). El agente aduanal debe firmar el poder directamente con el importador, "not via a freight forwarder or other third party".
Aquí choca la LLC formada por un servicio en línea. Si tu LLC usa como domicilio la dirección del agente registrado que te dio ese servicio, esa dirección sirve para el registro estatal, pero la regla del 5106 la excluye como dirección física del importador.
Un número sin uso también se pierde. Según el CSMS # 69241265, desde el 16 de julio de 2026 el sistema ACE marca como "Inactive for Entry Purposes" al importador que no presentó una entrada en 366 días, y ese número no sirve para liberar carga hasta que se reactive. Si haces un envío de prueba y pasas un año sin importar, tendrás que reactivarlo.
Qué está publicado y qué falta, a 29 de octubre de 2026
La regla que aplica la 2(b) y la 2(c) no está en el Federal Register. A 29 de octubre de 2026, las búsquedas en la API del Federal Register y en la lista de documentos en exhibición pública de ese día no mostraban ningún documento de la CBP sobre importadores extranjeros. Lo que sí existe es la regla interina RIN 1685-AA48 en revisión desde el 24 de septiembre. Solo su título es público. Una regla interina puede entrar en vigor al publicarse, con comentarios después, y por eso conviene preparar la estructura antes y no después.
Amazon dijo lo mismo a sus vendedores. En un aviso del Seller Forums del 19 de octubre de 2026, escribió que "a new rule for foreign importers of record is under government review and could be implemented quickly", que "nothing changes for you today" y que el vendedor debe preguntarle a su agente de carga o agente aduanal: "Is my Importer of Record a U.S. entity or a foreign entity?"
Hay otra pieza publicada que toca al mismo lector:
- Fianza para toda entrada informal. La propuesta de la CBP sobre envíos de bajo valor (91 FR 64532), del 8 de octubre de 2026, exigiría una fianza a todo el que presente una entrada tipo 11, la entrada informal general para mercancía de $2,500 o menos. La CBP la vincula con la Orden 14411 en su página sobre la orden. Los comentarios cierran el 7 de diciembre de 2026. Es una propuesta. Su texto no incluye la prohibición de entrada informal para el importador extranjero. El detalle está en nuestro análisis de la propuesta de envíos de bajo valor (en inglés).
La misma propuesta recuerda que la exención de minimis está suspendida y "will be terminated on July 1, 2027".
El orden correcto: importador, fianza e ISF antes que Amazon
El orden de los trámites lo fija la regla del envío marítimo. El 19 CFR 149.2(b)(1) pide que el Importer Security Filing, el ISF, lleve el "importer of record number" a más tardar "24 hours before the cargo is laden aboard the vessel at the foreign port". Sin número de importador no hay ISF completo, y sin ISF el contenedor no debería cargarse. Esa regla es solo para carga por barco; el envío aéreo o por mensajería no tiene ISF.
"Primero se resuelve quién importa y después Amazon. Si la carga va por mar, el número de importador tiene que estar en el ISF 24 horas antes de que suban el contenedor al barco."
Bernardo Campelo, fundador de PrepVia
Con la orden en el horizonte, la secuencia queda así:
- 1. Decidir quién es el importador de registro. Tu fábrica, tu LLC o una entidad estadounidense que cumpla la Sección 10. Pregúntale a tu agente aduanal, con la pregunta de Amazon: ¿es una entidad estadounidense o extranjera bajo la orden?
- 2. El número de importador. CBP Form 5106 con dirección física, correo y teléfono propios, y el poder firmado directamente con el agente aduanal.
- 3. La fianza. Hoy, sencilla o continua; para la corporación extranjera, con fiadora residente (141.18). Si importas con Amazon Global Logistics, la continua. Cuando la 2(c) se aplique, la fianza continua del importador extranjero dependerá del permiso de la CBP: pregunta a tu agente cómo se concilia eso con lo que pide Amazon Global Logistics, porque a 29 de octubre de 2026 las páginas de Amazon no lo explican.
- 4. Agente aduanal. Con licencia de la CBP y, si eres importador extranjero, idealmente validado en CTPAT, porque la 2(c) apunta a eso.
- 5. ISF, si va por mar. 24 horas antes de cargar el barco. Más detalle en nuestra guía sobre ISF, fianza y demoras (en inglés).
- 6. Recién ahí, Amazon. Plan de envío, etiquetas FNSKU y preparación, en tu fábrica o en un prep center en Estados Unidos.
El envío de prueba por mensajería merece una línea aparte. Nuestras guías para Colombia y Argentina sugieren empezar con un lote chico por courier. Hoy, un envío de $2,500 o menos puede entrar, en general, por entrada informal (19 CFR 143.21), salvo artículos de más de $250 clasificados en el capítulo 99 del arancel. Si la regla sigue el texto de la 2(b), el importador extranjero ya no podrá usar la entrada informal, y ese envío de prueba necesitará un importador estadounidense o una entrada formal, que para él también caería en la 2(c). Hoy no está prohibido. Planéalo pensando en que puede estarlo.
Si exportas desde México, nuestra guía Cómo vender en Amazon Estados Unidos desde México menciona como importador a "una entidad relacionada con presencia en Estados Unidos". Bajo la Sección 10, esa entidad puede seguir siendo extranjera.
Dónde encaja un prep center
Un prep center trabaja después de la aduana. Recibe la mercancía ya liberada, la cuenta contra lo declarado, la inspecciona, la etiqueta y la envía a Amazon. No presenta la entrada ni el ISF, y no responde por los aranceles: eso es del importador de registro y de su agente aduanal. Que el almacén reciba la carga no lo convierte en importador, igual que un centro de Amazon no se convierte en importador por ser el destino. Lo que cuenta son los documentos: según el 19 CFR 101.1, el importador puede ser el consignatario. Pon a tu importador de registro como tal y al almacén solo como dirección de entrega.
Tampoco resuelve la dirección del Form 5106. La regla pide la ubicación física del propio importador y excluye "an address of another person or entity". Un almacén que opera otra empresa es la dirección de otra entidad. Habla con tu agente aduanal antes de poner cualquier dirección de Estados Unidos en el formulario.
Lo que PrepVia hace en esta cadena es lo que pasa después de la liberación. En nuestro almacén de 8507 NW 72nd St, Miami, FL 33166, recibimos carga importada, en contenedor cargado a piso o paletizado, y la preparamos para Amazon FBA, con una ventana de prep de 24 a 36 horas. Las diferencias se reportan dentro de las 24 horas de la llegada, con fotos. El envío a Amazon sale por LTL o FTL con los transportistas asociados de Amazon. Atendemos en inglés, español y portugués.
Preguntas frecuentes
¿Una LLC en Estados Unidos me convierte en importador estadounidense?
No por sí sola. Bajo la Sección 10 de la Orden 14411, es importador estadounidense la LLC organizada y ubicada en Estados Unidos con dueños controladores ciudadanos o residentes permanentes, o la que tiene bienes raíces significativos allí. Si no, es un importador de registro extranjero.
¿Puede mi fábrica ser importadora de registro sin una empresa en Estados Unidos?
Sí. Amazon acepta un importador no residente para envíos FBA, y la CBP asigna un número de importador a empresas extranjeras sin EIN. Si la fábrica es una corporación extranjera, el 19 CFR 141.18 le exige un agente residente en el estado del puerto de entrada y una fianza con fiadora residente.
¿Ya está prohibida la entrada informal para el importador extranjero?
No. A 29 de octubre de 2026, la regla que aplicaría esa prohibición no se había publicado. La orden manda a la CBP emitirla "promptly", y una regla interina para importadores extranjeros está en revisión desde el 24 de septiembre de 2026.
¿El 30 de noviembre de 2026 cambia algo para mí?
Es el día 180 contado desde el 3 de junio, por nuestra cuenta, y es un plazo para el gobierno: revisar la elegibilidad de los importadores, exigir "good standing" y depurar el registro. La prohibición de entrada informal para el importador extranjero (2(b)) y las reglas de fianza continua y CTPAT (2(c)) no están atadas a esa fecha. Sí lo está la 2(a), que incluye exigir fianza o activos para toda entrada, formal o informal.
¿Puedo usar la dirección de mi agente registrado en el Form 5106?
No como dirección física. Desde el 18 de septiembre de 2026, la CBP anula el número de importador con datos inexactos, y la dirección física no puede ser la de un agente registrado, un agente aduanal, un agente de carga, un apartado postal, un centro de servicios ni otra persona o empresa. Puede ser la casa del dueño.
¿Un prep center puede ser mi importador de registro?
Solo si acepta figurar como importador de registro, con su número, su fianza y la deuda de los aranceles, y bajo la Sección 10 eso también se mira. Recibir la carga no lo convierte en importador: la entrada, el ISF y los aranceles siguen siendo del importador de registro y de su agente aduanal.
Conclusión
La LLC te da un EIN y, por el texto del 141.18, te saca de la regla de la corporación no residente. No resuelve la definición de la Orden 14411, que mira a quién controla la empresa. Si sus dueños no son ciudadanos ni tienen green card y no tiene bienes raíces significativos, la LLC sigue siendo un importador extranjero; las reglas que vienen todavía no tienen fecha. Lo que sí rige desde el 18 de septiembre es la anulación del número de importador por datos inexactos o incompletos en el Form 5106, aunque el error sea involuntario.
Por eso conviene invertir el orden habitual: primero el importador, la fianza y el agente aduanal; después el ISF; al final, Amazon. Este artículo no es asesoría legal ni aduanera: lleva tu estructura a un agente aduanal con licencia de la CBP y a un abogado de comercio exterior antes del primer embarque.
Cómo PrepVia recibe carga importada →
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